CNE: cualquiera puede ser candidato si Noboa no se opone

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El Consejo Nacional Electoral emitió una aclaración sobre los requisitos para inscribir candidaturas, tras recibir varias consultas ciudadanas: cualquier persona que cumpla con la ley puede postularse, siempre que el presidente no tenga inconveniente.

«Es un requisito más, no el principal», explicó un vocero del organismo. «Va después de la edad y de la residencia, pero antes de la firma.»

La precisión llega luego de que la Junta Electoral de Manabí negara la inscripción de Luisa González como candidata a la Prefectura, decisión adoptada tras las objeciones presentadas por ADN y CREO.

Consultado sobre en qué artículo del Código de la Democracia consta el requisito, el CNE respondió que no consta en ninguno, y que precisamente por eso hacía falta aclararlo.

Cómo se acredita la no oposición

El organismo detalló que la conformidad presidencial no requiere trámite: se presume mientras no exista manifestación en contrario. El aspirante no debe presentar documento alguno, salvo que se le pida.

La inconformidad, en cambio, puede expresarse por escrito, por vía telefónica o simplemente notarse.